El “greenwashing” consiste en una estrategia de marketing que utilizan las empresas para proyectar una imagen de sostenibilidad, a pesar de que sus acciones causan impactos negativos al medio ambiente. Con el fin de combatir esta situación, se radicó ante la Secretaría General del Senado el Proyecto de Ley No. 101 de 2023.
Uno de los principales objetivos de este proyecto de ley es obligar a las personas naturales o jurídicas que hagan publicidad sobre sostenibilidad a que entreguen información completa, veraz, verificable, comprensible y precisa. Así, deberán mantener actualizada en sus páginas web la información relacionada con las prácticas ambientales que desarrollan.
Esta ley no impone un monto específico para las sanciones derivadas de la vulneración de su articulado, pero sí pretende que la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC, junto con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, establezcan las sanciones para aquellas conductas que sean consideradas greenwashing. Adicionalmente, propone la inclusión de un artículo en el Estatuto del Consumidor que prohíba de manera categórica la difusión de publicidad engañosa o fraudulenta relacionada con la preservación del medio ambiente o la mejora de la calidad de vida, ya sea por parte de individuos o personas jurídicas.
Finalmente, una de las propuestas más interesantes de este proyecto de ley consiste en que aquellas personas naturales o jurídicas que hayan sido condenadas por haber cometido delitos ambientales no podrán hacer publicidad de sustentabilidad y deberán esperar cinco años desde que esta sanción o condena quede en firme y ejecutoriada. Además, deberán subsanar las infracciones y reparar íntegramente el daño ambiental causado para poder volver a hacer publicidad en materia de sustentabilidad.
El equipo de Derecho Ambiental de Muñoz Tamayo Abogados está muy atento al desarrollo de esta iniciativa legislativa para comunicar oportunamente cualquier novedad al respecto.